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Composición de las Juntas Arbitrales de Consumo
El Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece:
Artículo 7
1. Las Juntas Arbitrales de Consumo estarán integradas por un presidente y un secretario, cargos que deberán recaer en personal al servicio de las Administraciones Públicas y por el personal de apoyo adscrito a dicho órgano.
El presidente como el secretario de la Junta Arbitral de Consumo serán designados por la Administración de la que dependa la Junta, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo.
Presidenta de la Junta Arbitral Provincial:
Inmaculada Orts Beltrán
Email: [email protected]
Secretaria de la Junta Arbitral Provincial:
Leticia del Mar Vélez Gea
Funciones del Presidente de la Junta Arbitral de Consumo
De conformidad en el Real Decreto 231/2008:
Funciones de la Secretaria de la Junta Arbitral de Consumo